LA PRESCRIPCIÓN ENFERMERA

Uno de los temas más controvertidos en lo relativo a la utilización de medicamentos por los sanitarios viene siendo la posibilidad de indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios por el personal de Enfermería, práctica comúnmente denominada “prescripción enfermera”. Esta posibilidad, que está reconocida en diversos países, ha sido reglamentada en España, tras la Ley de Garantías de 2006, por distintas disposiciones pero su implantación en la práctica está siendo difícil por los recelos profesionales suscitados.

La vigente reglamentación (Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, modificado por el Real Decreto 1302/2018, de 22 de octubre), fruto de un difícil consenso, debería ser el marco de desarrollo de esta nueva competencia de la Enfermería, pero su implantación en la práctica está siendo notoriamente lenta, especialmente en los últimos dos años, influida -entre otros factores- por el impacto de la pandemia del COVID.

Recientemente la Mesa Enfermera, entidad que agrupa al Consejo General de Enfermería (CGE) y al Sindicato de Enfermería (SATSE), subrayaba en una carta abierta a la Ministra de Sanidad que, “transcurridos tres años desde la entrada en vigor del Real Decreto 1302/2018, de 22 de octubre, sólo se ha publicado uno de los protocolos que deben definir las condiciones concretas en que los enfermeros y enfermeras pueden participar en el uso e indicación de los medicamentos sujetos a prescripción médica”. Y reprochaba, visto que ha transcurrido más de un año sobre la fecha límite para tener todos los protocolos en el BOE, que “no hay excusa para impulsarlos de forma efectiva y alcanzar el objetivo marcado lo antes posible”

Post Prescripción Enfermera dando pauta médica a paciente

Reconocimiento de la Enfermería

Esta fuera de toda duda la importancia de la Enfermería en la continuidad de la atención sanitaria y en el seguimiento de las indicaciones terapéuticas, especialmente por lo que se refiere a una utilización más racional de los recursos. La preparación y conocimientos y especialización de los profesionales de la Enfermería han ido en progresivo aumento en los últimos años, lo que ha supuesto, por otra parte, un indudable aumento de sus capacidades profesionales.

El reconocimiento de esta colaboración en la prescripción vendría a normalizar una situación que ya forma parte cotidiana de las actividades enfermeras y que supone un importante esfuerzo de desburocratización de la asistencia, evitando la duplicidad innecesaria de visitas al médico. En este sentido se estima que las enfermeras y enfermeros podrían “prescribir” de forma autónoma unos cinco mil productos, unos mil medicamentos y unos cuatro mil productos sanitarios, lo que da idea de las potencialidades de esta cooperación.

Como se ha dicho, el desarrollo de las disposiciones normativas y de las actuaciones administrativas para hacer posible esta actividad está siendo exasperantemente lento y no exento de escollos. Falta una parte importante de la regulación autonómica de acreditación de los enfermeros y falta completar la elaboración de los protocolos y guías de práctica clínica y asistencial en el seno de la Comisión de Farmacia del Consejo Interterritorial. Además, en el ámbito asistencial, faltan en muchos territorios las infraestructuras técnicas e informáticas necesarias para hacer plenamente factible esta función.

Propuestas para asedef

En mi opinión, la Asociación Española de Derecho Farmacéutico (ASEDEF) debería también llamar la atención sobre este tema poniendo énfasis en la importancia de un papel activo de las enfermeras y enfermeros en la prescripción de medicamentos y, más especialmente, de productos sanitarios.

Es por ello que propongo que la ASEDEF, en su encomiable tarea de cooperar en la mejora del sector farmacéutico y de todos sus agentes, contribuya al impulso en España de la presencia efectiva del personal de Enfermería en el uso de los medicamentos. Y para ello -con su reconocida capacidad de convocatoria- dedique a esta cuestión uno de sus próximos foros de debate con la presencia de los técnicos y expertos, de los profesionales afectados (a través de sus Colegios e instituciones representativas), y muy especialmente con la participación de las autoridades responsables de estos desarrollos tanto del Estado como de las Comunidades Autónomas.

 

Diciembre 2021

Diego José Martínez Martín –Asesor en Legislación Farmacéutica